lunes, 1 de abril de 2024

Semana Santa menor en Tuy

 

          Desde tiempo inmemorial las fiestas patronales en honor a San Telmo se solapan con la Semana Santa eclipsando con su entrometida e irrespetuosa irrupción verbenera el sábado de gloria y el domingo de resurrección.

          No deben estar muy conformes los cielos con esta injerencia pagana temporal que recorta prácticamente su duración en dos días al relegar los oficios litúrgicos y destruir el espíritu de recogimiento y devoción propio de este tiempo.

          La falta de sensibilidad en la elección de las fechas de las fiestas de San Telmo alcanza también al protocolo. El lunes de San Telmo, día grande por excelencia y último de los nueve anteriores de jolgorio, debería rematar, tras la solemne procesión vespertina del santo, protagonista al que corresponde cerrar los festejos, con la tirada de los tradicionales fuegos de artificio; y no con una vulgar verbena más, a la que, además, asisten muy poca gente porque al día siguiente hay que trabajar.

          Ya porque se debe respetar el tiempo de duración de la semana santa, ya porque, quién sabe, si los cielos contrariados por la acostumbrada falta de observancia y consideración envían como castigo lluvias que deslucen las fiestas patronales, bien en atención a varios considerandos impropios y a los perjuicios que los agentes atmosféricos suelen causar a las mismas, debería abrirse reflexión sobre la conveniencia de despegarla de la semana santa y fijarla para unos cuantos días después.

          "En Tuy  llueve diferente", la semana santa es atípica, y, en fechas señaladas, del cielo cae agua de manera inconveniente.

 

                             José Antonio Quiroga Quiroga

martes, 7 de noviembre de 2023

Radio Tui, "apartheid" administrativo y laboral

          Lo retirado de las dependencias de Radio Municipal de Tui de la Casa Consistorial ha propiciado que el funcionamiento de este servicio público se haya ido desenvolviendo un tanto al margen del control de la autoridad municipal,  y, en consecuencia, evolucionase hacia prácticas de dudosa ética, cuando no irregulares reglamentariamente. A ello contribuye  el que los corporativos acuden a la radio con cierta sensación de inferioridad ante la posición de dominio del entrevistador, y de dependencia del medio en cuanto eficaz instrumento  de transmisión de mensajes al electorado; de ahí que mantengan  conveniente relación de cordialidad, rayana en la pleitesía, y nada mejor para ser bien tratados que desentenderse de cuánto ocurre entre bambalinas. Y más todavía  distinguiéndola con un premio.

          De ahí que, relativo a la publicidad que emite la emisora municipal (fuente única de financiación del servicio), ningún corporativo muestra interés alguno en conocer cuáles son las vías de recaudación por este concepto; cuál es el procedimiento que sigue la emisora (el director) para informar a Intervención municipal acerca del número de cuñas emitidas (a partir de las cuales Tesorería calcula las cantidades a ingresar), como tampoco el balance financiero del  coste e ingresos del servicio (notablemente deficitario). Sin embargo, lejos de animar, tratan de disuadir a todo aquel que pretende adentrarse en este asunto, con palabras como, “y a ti qué se te pierde en esto”: mis impuestos, correspondería responder.

          En todo este entramado público-privado, con asomos de tinglado, hay determinados puntos oscuros, incluso graves, en alguno de los cuales trataré de poner el foco; a saber:

         1.- No tiene lógica que se apruebe la Ordenanza del “precio público” por utilización de la emisión municipal de radio para “spots” publicitarios, y, al tiempo, no se habilite la correspondiente sección administrativa de contratación y cobro de tasas; circunstancia que, de entrada, imposibilita que las firmas comerciales puedan publicitarse; proceder atípico, si no irregular, con el que la Administración Local no hace sino promover, indirectamente, la aparición de agentes intermediarios privados para canalización de la gestión correspondiente. La primera e inmediata consecuencia afecta de lleno al denominado “precio público”,  ya que resulta inoperante al ser reemplazado por las ineludibles tarifas que establecen las avispadas agencias publicitarias. Este procedimiento absurdo, y económicamente contraproducente para las arcas municipales, de delegar  la gestión pública en la privada, permite aventurar  que puede responder a una estrategia perversa que posibilita que fructifiquen transacciones éticamente censurables cuando no punibles entre ambas partes.

         2.- Las declaraciones de las agencias a la radio municipal acerca del número y duración de las cuñas publicitarias contratadas no ofrecen garantías de fiabilidad, dada la dificultad de verificación con las realmente emitidas, circunstancia que compromete al director de la emisora en cuanto receptor de las mismas por su vínculo marital con una de las dos agencias. Tampoco ofrece garantías el procedimiento de traslado de la información recibida, vía e-mail,  a Tesorería,  que sigue el director de la radio, pues, al parecer, no va acompañada de las copias de los contratos suscritos. En tal caso, la recepción  de información tan precaria conlleva un acto de fe impropio por parte del tesorero. Se trata, pues, de un circuito con fisuras.

         3.- La inclusión ilegal del logo de Radio Municipal de Tui (RMT) en los  impresos con las tarifas de las cuñas publicitarias de la agencia vinculada al director de RMT, revela el grado de invasión en este medio de comunicación, y de pretendida identificación de la agencia publicitaria privada con este servicio público.  

        4.- En el campo laboral tampoco impera la reglamentación administrativa correspondiente, ya que en la emisora trabajan determinadas personas sin contrato ni salario conocido. En el caso de que obtuviesen retribución alguna, ¿Quién paga y cómo?. Tampoco hay constancia de por quién fueron llamadas y/o admitidas, ni a quien imputar las responsabilidades  de los incidentes que pueden suceder. Tomo como ejemplo de ello, la simpática, espontánea y muy popular persona que los fines de semana conduce un programa musical, por cierto, achicharrado por la publicidad comercial.

      Considero, pues, que la Corporación, mayormente el equipo de gobierno, como responsables de la salud financiera del servicio, y del correcto funcionamiento interno del mismo, tienen el deber de ocuparse del control de la Radio municipal haciendo efectiva la reglamentación administrativa y laboral de aplicación. E, ineludiblemente, acometer la actualización de la Ordenanza, todavía en vigor, de 2006,  relativa a los "spots" publicitarios, estableciendo para las tasas un precio público verdadero.

 

                                José Antonio Quiroga Quiroga

miércoles, 1 de noviembre de 2023

La publicidad de Radio Municipal de Tui, negocio de terceros

 

          Diríase que la “Ordenanza del precio público por la utilización de la emisión municipal de radio para spots publicitarios”, aprobada en septiembre de 2006, y en vigor a día de hoy, cuyas tasas permanecen invariables 17 años después, está redactada para lucro de las agencias publicitarias, a tenor del procedimiento adoptado, atípico en las Administraciones Locales, para su funcionamiento.

      Resulta extraño, pues, que la contratación de las cuñas publicitarias y el abono de las tasas correspondientes no se puedan realizar en las dependencias municipales,  y que, a tal fin, las firmas comerciales tengan que recurrir a agencias privadas,  ajenas al Ayuntamiento, que actúan como intermediarias. Sobre todo cuando este servicio público incumple la regla de suficiencia financiera, de aplicación en la Administración Pública,  pues, como se verá, es altamente deficitario.

       Premio Cidade de Tui a empleados y colaboradores de Radio Tui

          El recorrido del procedimiento es el siguiente: como queda dicho, las agencias son las que, previo cobro de tarifas propias a sus clientes, superiores a los precios de las tasas municipales, insertan las cuñas publicitarias en la Radio Municipal. Luego, a principios de mes, el director de la radio (vinculado a una de las dos exclusivas agencias publicitarias locales), traslada al departamento de Intervención municipal el número de cuñas diarias emitidas por cada agencia. Consecuentemente, y con arreglo a los precios públicos de la añeja, si no obsoleta, Ordenanza, Tesorería emite las correspondientes liquidaciones y los mandamientos de ingreso (firmados por el alcalde), que se cargan en las respectivas cuentas bancarias domiciliadas de las dos agencias.

      A todo esto, procede resaltar que las agencias recurren a trucos para obtener mayor beneficio,  como el de contabilizar el número de cuñas mensuales agrupando diferentes firmas, para así acogerse a los precios de las modalidades de tasas por "paquetes de contratación", pese a que han sido contratadas y tarifadas individualmente. También, el que en esos “paquetes” se incluyen cuñas que superan la duración máxima de 20 segundos que establece la Ordenanza, ya que buena parte de ellas son de 30 segundos, tal y como establece y tarifa una de dichas agencias.

         La cantidad que mensualmente Radio Municipal de Tui recauda por publicidad,  conforme a lo registrado en Tesorería, con una variación ocasional de más o menos treinta euros, es de 2.664 euros; que significan, 32.000 euros al año. Cifra que no cubre, ni de lejos, los salarios de, al menos, tres empleados de la Radio, además de gastos de averías y renovación de equipos; servicio de limpieza, consumo de energía eléctrica, etcétera.  Por el contrario, conforme a los precios de las agencias y  número de cuñas mensuales que declaran, la facturación estimada de ambas oscila entre 145.000 y 160.000 euros al año.

      Sorprenden la renuncia del Ayuntamiento a cobrar las tasas directamente; la pasividad, si no indiferencia, mantenida en el tiempo por las Corporaciones ante el enorme déficit de este servicio público (que redunda en merma de prestaciones a los contribuyentes); la vigencia de tasas congeladas durante 17 años; y más todavía, la reacción de desentendimiento de algunos concejales cuando se les alerta de esta situación. 

          Un precio público deja de serlo si no es efectivo cara al público. El precio establecido en la Ordenanza municipal no lo es ya que los usuarios del servicio pagan unos distintos, los que establecen las agencias intermediarias.

                                            José Antonio Quiroga Quiroga

P.D. Se adjunta copia del impreso de la agencia  publicitaria privada "imos", en el que, indebidamente e impropiamente (apropiación de logo y representación ilícitas) figura el membrete de  RMT ; y copia de la Ordenanza municipal.

                              

 


domingo, 15 de octubre de 2023

Sobre el uso inapropiado del infinitivo

          Dejando a un lado la incorrección gramatical del empleo del infinitivo introductorio, también llamado infinitivo independiente o viudo por su carácter impersonal y, verbalmente, intemporal, valgan como ejemplo inicios de expresiones, muy arraigados en los oradores, mayormente políticos, como: Agradecer a…; Felicitar a…; Decir que…;  Manifestar que …; Señalar que … Trasladar a… etcétera, considero interesante reparar en que en este tipo de estructuras verbales es patente la falta de asunción e involucramiento personal, como evidente el posicionamiento neutral si no frío, carente de empatía, del orador, pues, ¿Quién tiene o quienes tienen que agradecer o felicitar; quién dice o quienes dicen o manifiestan tal cosa, los que escuchan, que no disponen de voz,  o el que habla en calidad de representante?  

 El alcalde de Tuy, en la presentación del festival de la Camelia

          Todo político gusta de mostrarse en público partícipe y a la vez transmisor de los sentimientos de la población que gobierna, dicho más prosaicamente, del electorado. Sin embargo, y sobre todo en los actos protocolarios, suelen incurrir en estos deslices o lapsus que pueden poner en cuestión la autenticidad sentimental de lo expresado.

          Huelga indicar que lo correcto, además de conveniente, aunque no está demás reflejarlo,  es decir: Agradezco, quiero agradecer a…; Felicito, quiero felicitar a…; Digo que…

 

          P.D.: Dedicado, humildemente, a los representantes públicos en general, y, en particular, a la Corporación tudense.

 

                                  José Antonio Quiroga Quiroga

 

 

sábado, 26 de agosto de 2023

¿Renuncia a construir el aparcamiento, o concesión al BNG?

          El alcalde de Tuy, Enrique Cabaleiro, acaba de anunciar públicamente su propósito de renunciar a la construcción del aparcamiento en el subsuelo del actual municipal en superficie. Si su sorpresiva y desconcertante intención, basada en la inviabilidad financiera a causa de la  la inflación acumulada por la demora en comenzar la obra, se lleva a término (tendría el apoyo del BNG), dinamitaría el pilar central sobre el que gravita la sostenibilidad del comercio local y  el desarrollo de la ciudad.

                          Actual aparcamiento municipal sobre zona verde

          Varias son las  incógnitas administrativas y las sombras políticas que envuelven esta controvertida y enredada adjudicación, que trataré de desplegar:

          1.- Alguna deficiencia deben contener las cláusulas administrativas de la adjudicación de obra y explotación del servicio para que se hayan enzarzado en litigios judiciales la empresa adjudicataria y la desestimada que concursaba a la adjudicación, ya que la Ley de Contratos del Sector Público, art. 86,  faculta al Ayuntamiento para exigir acreditación documental de solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

          2.- El sobrecoste de la obra por la inflación acumulada no es razón válida para renunciar o posponer la construcción, ya que un nuevo concurso de obra no evitará dicho sobrecoste; ni tampoco el pago, a mayores, de los daños y perjuicios que por tal causa se ocasionen a la empresa adjudicataria, tal y como establece al art. 208, de la Ley de Contratos del Sector Público.

          3.- Es preciso conocer el importe del sobrecoste de obra y la cantidad a indemnizar a la empresa adjudicataria para poder juzgar si la renuncia es razonable o perjudicial a todos los efectos.

          4.- En cualquier caso, la renuncia por incapacidad financiera revela la reprobada frivolidad  en el gasto del grupo de gobierno en obras de dudosa utilidad, acudiendo sin prudencia ni pudor alguno al Remanente de Tesorería, que contabilizaba doce millones de euros. No tiene, pues,  justificación alguna la renuncia, sobre todo cuando se van a destinar 2,3 millones de euros en la rehabilitación integral de la plaza de abastos y “humanización” de su entorno, que nada van a resolver.

          En el plano político lo primero que sorprende es el cambio repentino de posicionamiento del alcalde, que, en la noche de las elecciones, al ser  preguntado por el posible pacto de gobierno con el BNG, declaró la imposibilidad del mismo al existir el obstáculo insalvable de la construcción del aparcamiento (el BNG no la acepta), obra que consideraba irrenunciable.

          Sorprende, asimismo, acto seguido del anuncio de renuncia, la firma del acuerdo programático con el BNG, que parece proporcionarle, tácitamente y de manera diferida,  al grupo del alcalde en minoría,  la deseada y cómoda mayoría absoluta que las urnas no le dieron.

          Todo este cúmulo de  extrañas e inquietantes circunstancias, alimentan la sospecha de que, al puro estilo de su patrón, Pedro Sánchez, Enrique Cabaleiro, alcalde de Tuy, sin gracia alguna, antepone su estabilidad en el cargo, sus ambiciones políticas, a la estructuración urbanística, desarrollo y prosperidad del municipio que gobierna.

         Cierto que la renuncia evita el error, nunca reconocido, de construir un solo sótano, pero, en cualquier caso, se trata de un fracaso de gestión  indiscutible, de enorme trascendencia.

 

                                     José Antonio Quiroga Quiroga

 

 

 

 

 

 

 

 

jueves, 13 de julio de 2023

Oposición cicatera con las retribuciones del gobierno municipal

           Pueden sentirse satisfechos los portavoces de la oposición del PP y C21 por haberle discutido a la baja las retribuciones de los miembros de gobierno. Una satisfacción proporcional a la magnitud de 20.000 euros anuales, que pretenden ahorrarle a las arcas municipales, respecto de los diez millones de euros de presupuesto anual, más una cantidad importante en concepto de subvenciones.

          Siempre sostuve que, objetivamente,  los salarios deben guardar correspondencia con la transcendencia y responsabilidad del cargo; los de alcalde y concejales delegados lo son de alta importancia. Correspondencia incluso con las cuantías presupuestarias que el titular administra; tal y como sucede en el mundo empresarial, en que el volumen económico de la facturación determina el salario de los ejecutivos.

    Portavoz del PP                               Portavoz de C21    


         Sin embargo, en estos tiempos de reivindicación de salarios justos, no digo dignos por la inconcreción del término, en el pleno de organización de la Corporación, la oposición tudense se los discutió a sus compañeros, aunque rivales, con responsabilidades de gobierno, rechazando la propuesta de retribuir las dedicaciones exclusivas con 24.500 euros brutos anules, repartidos en 14 pagas, que, descontando la aportación a la Seguridad Social, resulta un sueldo mensual neto próximo a 1.400 euros.

         El espíritu fiscalizador de crucero de la oposición parece obviar aspectos asociados al desempeño de un cargo político que deberían ser recompensados económicamente, pero que no se reconocen, como, entre otros: la provisionalidad de la dedicación (máximo cuatro años); la traumática, en ocasiones,  ruptura y desconexión con el ámbito laboral  privado; y la  disponibilidad personal  para asistir a toda suerte de actos institucionales  y eventos en fines de semana y  festivos. Incluso los sinsabores  derivados de la exposición permanente a la crítica pública.

No deberían ser las retribuciones, cuando modestas y/o ajustadas, el objeto de  miramiento y especulación  de la oposición, sino el recto proceder en la gestión de los recursos públicos, la cantidad de  trabajo realizado y el acierto o desacierto de las inversiones.

Apelar a la historia para establecer una comparativa de retribuciones, es remitirse a tiempos no extrapolables ni equiparables en los que imperaba la precariedad y, consecuentemente, la voluntad altruista de los ediles de esos tiempos pretéritos que, en absoluto cabe exigir en la actualidad.

La dedicación y eficacia en la gestión deben venir de la mano de retribuciones adecuadas. La idoneidad personal en el desempeño de las funciones proviene, en principio, de la confianza depositada por los electores en sus representantes. Y el cumplimiento o no de las expectativas corresponde al veredicto  popular a la conclusión del mandato.   

 

                                José Antonio Quiroga Quiroga    

domingo, 18 de junio de 2023

El folclore cateto del acto de constitución de la Corporación tudense

          Bajo las fórmulas juro y prometo, y un protocolo aconfesional, libre de referencias religiosas, los concejales electos aguardaban para prestar juramento (conviene aclarar que la  pretendida como engañosa afirmación de laicismo otorgada a la promesa carece de fundamento, ya que que la palabra jurar proviene de las voces latinas jurídicas, que no eclesiásticas, “ius, iuris”).  Sin embargo, paradójicamente, los representantes del BNG, defensores del laicismo, al ser llamados desfilaron portando en sus manos el símbolo de su credo: la biblia nacionalista-independentista y un clavel; y, “por imperativo legal”,  prometieron cumplir las obligaciones del cargo con lealtad al rey y obediencia a la Constitución. “La aceptación parcial, condicionada o con restricción mental anula el consentimiento y, por tanto, no da derecho  al acta del cargo que corresponda”. Pero hoy día se transige con casi todo, lo cual socava la respetabilidad de las instituciones.

               
                                  Candidata del BNG en el momento de prestar juramento

          Mucho menos aceptable, incluso invalidante, es un juramento condicionado seguido de  un manifiesto ideológico, como el proferido por el representante del BNG, componente senior de la mesa de edad, hombre aquejado de minusvalía sintáctica congénita, que chapotea descoordinadamente en el pantano del lenguaje, al decir, con sonrisa bobalicona de satisfacción por la hombrada: “en Galiza non temos rey”. Exabrupto, además de falso y totalitarista, propio de quien, con absoluta falta de respeto a la solemnidad del acto, se atreve a pronunciarse por boca del pueblo gallego; insolencia que le valió el aplauso de algunos presentes.

          Por estas y otras circunstancias, fue una ceremonia deslucida, carente de solemnidad, y mal rematada: el alcalde ungido, sin asomo de emotividad en su rostro, no tuvo la complacencia cortés de pasarle la palabra a los portavoces de los grupos políticos para que tuviesen la oportunidad de felicitarle por el éxito alcanzado.

 

                              José Antonio Quiroga Quiroga  

 

 

 

viernes, 2 de junio de 2023

Rejones y buenos modales

           A los toros se los rejonea para mermarles fuerza. En la película Gladiator, el César Cómodo clavó, con igual finalidad, un estilete en un costado al general hispanorromano Máximo Décimo Meridio, antes de enfrentarse a él en la arena.

          A los nuevos partidos políticos que irrumpen en el ruedo electoral, la ley les aplica el rejón de reducirles el tiempo publicitario,  y así limitarles la difusión del mensaje, en los medios de comunicación públicos respecto del que disponen los demás adversarios. A mayores, la SER Baixo Miño, le clavó otro a VOX de Tuy, dejándolo fuera del debate de los candidatos a la alcaldía.

Debate electoral a cuatro (de cinco)

          Dispone la SER, en cuanto cadena privada, de libertad para invitar a los candidatos que estime oportuno, pero no puede decirse que actuase con sentido de pluralidad democrática ni, al igual que la Ley electoral, con respeto y cumplimiento de la igualdad de oportunidades.  

          Más reprochable es la falta de compañerismo del resto de candidatos al no exigir la presencia del representante de VOX.

          Cuando ya no hay nada en juego, cuando la suerte está echada, brotan los formalimos corteses de rigor en forma de cumplidos y felicitaciones mutuas que, si bien son siempre bien recibidos, no tienen más valor que el de la elegancia para la ocasión.

   

                           José Antonio Quiroga Quiroga

lunes, 17 de abril de 2023

La radio es de ustedes ...

          … señores y señoras del Ayuntamiento. Aunque más del grupo de gobierno, en términos de número de intervenciones, en atención a su mayor acción como Ejecutivo,  que  de los portavoces de los  restantes partidos. Y por su ascendiente de autoridad administrativa sobre el equipo laboral que la conforma.

Gala en que ha sido premiado el equipo de la radio municipal 

          Hay algo, pues, de inelegante, merecimientos aparte, en la concesión por el Ayuntamiento del premio “Cidade de Tui” a la radio municipal, instrumento corporativo al  servicio de la actualidad política y social más cercana, ya que el premio recae también, en cuanto gestor responsable de su funcionamiento, en  el propio grupo de gobierno, órgano garante del nombramiento del jurado que designa los premiados. Pero no solo, por la hipotética e irrelevante maniobra de premiarse indirectamente a sí mismos, sino, fundamentalmente, porque el galardón provoca, inevitablemente, en los receptores un sentimiento de deuda, a mayores del asumido de servidumbre, por el agasajo recibido,  que, por natural gratitud,  podría reflejarse en  el enfoque y tratamiento de las noticias políticas, así como, y sobre todo, el de las entrevistas a los miembros del Ejecutivo de aquí a las elecciones municipales.

          Diríase, pues, que la feliz fecha de celebración del trigésimo aniversario de la primera emisión de la radio municipal, y la del no menos gratificante premio otorgado a este medio de comunicación al servicio de la institución que lo ha honrado y al de toda la ciudadanía, que, casualmente, coincidieron en los inicios de la precampaña de las elecciones municipales, ha sido una suerte de oportuna conjunción de calendario que el Gobierno local ha sabido aprovechar.

 

                                  José Antonio Quiroga Quiroga

 

 

domingo, 19 de marzo de 2023

Rehabilitar un almacén

           Con ocasión de la redacción del PEPCHA (Plan Especial de Protección del Casco Histórico Artístico), la Corporación tudense no ha sabido o no se ha preocupado de defender determinadas propiedades municipales en cuanto a garantizar su utilidad edificatoria y valor económico futuros. Incapacidad o negligencia que cobra actualidad con la propuesta de rehabilitación del inmueble en ruina, de planta baja, correspondiente al antiguo taller-garaje “Hermida”, situado en la c/ Camilo José Cela; que figura en el referido documento urbanístico, imagino que para sorpresa de muchos, con “protección ambiental”.


"Joya" arquitectónica de valor ambiental




Alzado del inmueble del Catálogo del PEPCHA

          Acaban de consignarse,  por unanimidad plenaria,  627.201,48 euros para la redacción y ejecución del proyecto de rehabilitación de dicho inmueble, para espacio multiusos sociocultural; destino que suele asignarse cuando no se sabe qué uso darle, sobre todo cuando son demasiados los inmuebles municipales disponibles sin que sepan qué hacer con ellos. Concretamente, en estos momentos: el edificio de los antiguos juzgados (recientemente cedido en propiedad), el denominado Camfran y, en breve, la Cárcel Vieja y el local que hoy ocupa la Policía Nacional.

          Debería preocuparle a la Corporación, como señaló el alcalde, el lastre económico y, en ciertos casos, lo estéril del gasto, que representan la rehabilitación y mantenimiento de los numerosos inmuebles, diríase que demasiados, para la capacidad financiera de las arcas municipales. Sin embargo, sin atisbo de perspectiva alguna, y al amparo de las ayudas públicas (regalo envenenado), todos tiran  “palante”, sin percatarse de que tal política es, a todas luces, insostenible (pese a que la etiqueta de sostenible va adherida a toda medida pública), que conduce a la parálisis por agotamiento de recursos, sin aparente mayor preocupación que la populista de dedicar el inmueble a una mujer de Tuy.

          En atención a la armonización inmobiliaria con los edificios adyacentes, todos de dos alturas, la Corporación debió exigir a la Consellería de Cultura, dos alturas (B+1), reguladas estéticamente,  para el solar que ocupa el referido garaje-almacén de la C/ Camilo José Cela, ya que así cabría la posibilidad de desprenderse de esta carga ofreciéndolo en venta para vivienda; con lo cual se mejoraría el parque inmobiliario en el decadente centro de la ciudad.

          Lamentablemente, las corporaciones transitan de parche en parche dejando un reguero de agujeros negros que amenazan con engullir al Ayuntamiento. Considero que se debería renunciar al proyecto y proponer una altura más para el inmueble con ocasión de las modificaciones puntuales del PEPCHA pendientes.


                                      José Antonio Quiroga Quiroga

 

lunes, 19 de diciembre de 2022

Plaza de abastos monumental

           La ensoñación fantástica de la concejala de Comercio y Mercado, desprovista de toma de tierra, la ha llevado al delirio de que la reforma integral de la plaza de  abastos convertirá a este inmueble de avituallamiento de comestibles en el segundo monumento de Tui. En referente turístico a visitar después de la catedral. Con tal petulancia verbal, fruto quizás de la candorosa ilusión que la embarga, justificó la conveniencia de las obras ante los preocupados titulares de los puestos de venta que la escuchaban, que se ven en el paro por más tiempo del soportable.

Proyecto de reforma integral del mercado municipal de Tuy

          Varios son los aspectos negativos que comporta la reforma integral del mercado municipal, que tendrá lugar después de dos reformas anteriores en sus pocos años de existencia. Dejando a un lado la vana y general pretensión, normalmente gravosa, de todo regidor municipal de lograr referentes, habitualmente estériles, expongo algunos de los perjuicios e inconvenientes  que conlleva:

          1.- No hay necesidad real de emprender tal reforma, ya que, tras las últimas y relativamente recientes obras de mejora, el estado actual de la plaza de abastos es, en términos generales, suficientemente digno y funcional, por ello es  pertinente calificar de derroche la imponente cantidad de 1.673.555 euros que se va a fundir en aras de la vanagloria. El hecho de que el Ministerio de Industria y Comercio aporta el 80 % de este dinero público, no deja de ser  un dispendio caprichoso.

      2.- La pretensión de convertir el mercado municipal en un referente al uso, anuncia un establecimiento en la línea estilística de aquellos que acogen productos denominados “delicatessen” (no en vano contará con un espacio gastronómico), de incierto futuro comercial en Tuy en cuanto que la demanda mayoritaria es la de productos naturales frescos: pescado,carnes, frutas y hortalizas.   

          3.- Los primeros perjudicados a consecuencia de las obras serán los titulares de los puestos de venta, que se verán impedidos de ejercer su actividad comercial, y dejarán de percibir ingresos durante un tiempo estimado  no inferior a seis meses; pues el Ayuntamiento no contempla (no hay noticia) la instalación de puestos provisionales en barracas ubicadas en el exterior, que les permita evitar acogerse al paro.  Dado que las obras de reforma exigirán a los titulares de los puestos nuevo mobiliario, el específico de cada actividad, gasto que probablemente  irá acompañado de la subida de los alquileres, no es descartable que todo ello repercuta en el aumento de precio de los artículos. Todas estas circunstancias  suelen desembocar en renuncias a volver ocupar el puesto de venta, como sucedió con la última y reciente intervención de mejora de las instalaciones, de un mes de duración,  que registró la baja de dos titulares.

        4.- Los probables beneficiarios pasivos de esta reforma integral serán, sin duda, los supermercados y las grandes superficies, ya que durante el tiempo que esté fuera de servicio el mercado, parte de los compradores habituales habrán adquirido la rutina de acudir a estos centros comerciales, que cuentan con el atractivo de ofrecer una variedad más amplia de productos, además del ahorro de tiempo en  compras. No cabe afirmar, que el espléndido aspecto que el mercado pueda tener tras la reforma, neutralice el riesgo de pérdida de usuarios. Ni que la probable pérdida se vea compensada, en pronóstico de la concejala, con la visita de turistas a este nuevo “monumento”.

                                           _____________________

          Está muy extendida  la opinión de que el gobierno municipal ha destinado cuantiosos recursos económicos (la mayor parte del considerable Remanente de Tesorería), en determinados proyectos sin que por ello se perciba el pretendido efecto  transformador, ni tampoco la rentabilidad social esperada. Considero que con la reforma integral del mercado municipal sucederá algo semejante. La relación gasto/rentabilidad  de esta obra, no parece que vaya a cumplir con los estándares exigibles a toda inversión pública.

        En tiempos de crisis no es  razonable marcarse lujos; sobre todo cuando hay muchas necesidades básicas en el municipio sin atender. Ni las economías familiares de la mayoría de los usuarios del mercado municipal pueden, de ordinario, permitírselos.

 

                                       José Antonio Quiroga Quiroga

 

 

 

 

 

 

 

 

 

miércoles, 12 de octubre de 2022

Beira do Miño para siempre

          La sentencia del juzgado Contencioso Administrativo nº 1 de Pontevedra que desestima el recurso que interpuse de revisión de oficio de la licencia de obras del edificio Beira do Miño por el tiempo transcurrido desde su concesión (fue requerida al Ayuntamiento de Tuy, el  18/09/17, por la Dirección Xeral do Patrimonio Cultural, pero como reacción a mi escrito presentado diecisiete días antes, tras once años de parálisis), me ha llevado a la conclusión que, después de cinco años de batalla judicial tratando de salvaguardar la autenticidad y armonía estética del casco histórico de esta ciudad, litigar contra los elementos político-administrativos es un esfuerzo estéril. En consecuencia, he decidido abandonar el caso y la causa.

                Vista de la antigua fachada suroeste del casco histórico de Tuy

         En aras de la transparencia, y para que cualquier interesado pueda formar su propio juicio, expondré el desarrollo de los hechos, en que los tardíos movimientos del  órgano competente de la tutela y protección del patrimonio cultural han ido siempre a remolque de la iniciativa de este particular, que no tiene competencia ni obligación alguna al respecto, pero sí preocupación por un bien común, que es seña de identidad de la milenaria ciudad de Tuy. 

         Para disponer de más completa perspectiva, es preciso tener presente que, tanto en su día como ahora, el partido que rige la Consellería es el mismo que el de gobierno municipal responsable de la concesión de la licencia ilegal, declarada nula por este organismo.

         HECHOS:

         1.- El Ayuntamiento de Tuy concede, el 4 de noviembre del 2000, licencia de construcción para un bloque  37 viviendas, denominado Beira do Miño, situado dentro del recinto histórico, sin la preceptiva autorización previa de la Dirección Xeral do Patrimonio Histórico, tras desatender tres advertencias  de esta Dirección Xeral.

         2.- El 21 de noviembre de 2006, seis años después, la Consellería de Cultura, mediante Resolución firme, sanciona doblemente al Ayuntamiento por comisión de infracción grave en materia de protección del patrimonio cultural de Galicia, con una multa económica de 105.100,00 euros, y una condena urbanística, consistente en “la obligación de reparar y restituir las cosas al estado anterior”.

         Carece de explicación aparente que la citada Consellería haya demorado seis años en tramitar el expediente sancionador, que, providencialmente, tuvo lugar una vez  absueltos los funcionarios y políticos implicados en las demandas judiciales, de orden penal, que no urbanístico, con sentencias condenatorias previas, interpuestas por vecinos de Tuy;  salvo que la Consellería estuviese aguardando el desenlace para que las sanciones no agravaran la responsabilidad de los encausados.

         3.- La  multa fue reclamada inmediatamente, con gran diligencia recaudatoria, y satisfecha al poco tiempo, pero no así la sanción urbanística, por presunto  desentendimiento, durante once años, de la Consellería de Cultura en  requerir al Ayuntamiento el cumplimiento de la Resolución firme  de reparar y restituir las cosas al estado anterior, permaneciendo,  conforme a la pasividad mostrada, indiferente y ajena a la fecha de prescripción de la infracción, que vencería en unos meses, si  el 2 de mayo de 2017 no hubiese presentado escrito de  solicitud de ejecución de dicha Resolución. Escrito que la Consellería no se dignó en contestar, por lo cual, mes y medio más tarde, presenté recurso contencioso administrativo ante el TSXG denunciando inactividad de la Administración autonómica. Recurso que fue desestimado, con imposición de costas (1.500 euros), al recurrente, respondiendo que dicha Administración ya había comenzado a realizar la acción ejecutiva el 19 de mayo de 2017 (requirió información al Concello, que en nada obliga,  pero no incoó el procedimiento de ejecución). En efecto, se había movido,  pero 17 días después de haberla despertado, con mi escrito de 2 de mayo, de la despreocupación  en que estaba instalada, ya que con anterioridad a la interposición del recurso ante el TSXG no hubo actuaciones de la Consellería ni del Ayuntamiento.

         4.- Volviendo a la sentencia del juzgado Contencioso Administrativo nº 1 de Pontevedra, en el apartado V de la misma se  acoge a la extemporaneidad de la revisión de oficio de la licencia, eso sí, de manera un tanto comprometedora para la Administración,  como errónea en los tiempos, con estos términos, “… ni el demandante, ni ningún otro “actor público”, Administración, o perjudicado, impugnaron la licencia de obras en los plazos muy amplios legalmente establecidos para el recurso directo. Y respecto de la “revisión de oficio” dejaron transcurrir más de quince años para instarla” (once años, de 2006 a 2017). Desconcierta que aluda a la relajación de la Administración por no haber impugnado la licencia, la única obligada y comprometida al respecto, para luego desvincularla de toda responsabilidad. De ahí que, más adelante, se olvide de la Administración y toda la carga de responsabilidad de velar por la protección del patrimonio la vuelque sobre este frustrado particular diciendo: “ … no se comprende la verdadera razón por la que, tratándose de un hecho público y notorio, de gran repercusión mediática desde el año 2000, en que se concedió la licencia y se iniciaron las obras, aguardó (el demandante) 17 años (antes eran 15, si bien, son 11) para presentar su primera solicitud de restauración de la legalidad urbanística (y ni siquiera lo hizo en el Ayuntamiento, sino en la Xunta de Galicia). Es una ironía que un ciudadano, ajeno a los teje manejes municipales, tenga que anticiparse (¿con qué fundamento legal?) a la Resolución firme sancionadora de la Consellería de Cultura de 2006; y ¿qué autoridad le asiste para exigir al Ayuntamiento que revise sus actos administrativos, máxime cuando en esa fecha, hasta la aprobación en 2021 del PEPCHA, no había normativa urbanística en el recinto histórico por la que regirse?

          5.- Finalmente, la escapatoria de las responsabilidades administrativas y políticas,  que posibilita que todo quede  en un mal sueño, estaba en la indeterminación temporal del art. 110 de la Ley 39/2015 respecto de la prescripción de acciones, que dice: “Las facultades de revisión establecidas en este Capítulo, no podrán ser ejercitadas cuando por prescripción de acciones, por el tiempo transcurrido (no especifica el plazo) o por otras circunstancias, su ejercicio resulte contrario a la equidad, a la buena fe, al derecho de los particulares o las leyes”.

                                   -----------------------------------------------

Vista actual tras la construcción del edificio Beira do Miño

         Llámenme bárbaro, si así lo consideran,  por pretender minimizar el impacto de la distorsión paisajística y devastación de la imagen de ciudad antigua que el bloque Beira do Miño causa en la fachada suroeste del casco histórico de Tuy, ajustando su volumetría a la Ordenanza del Plan Especial de Protección del Casco Histórico-Artístico (PEPCHA). Llámenme bárbaro por defender la integridad de la seña de identidad de nuestra ciudad, bien superior perdurable no canjeable por dinero: concretamente, la suma necesaria para indemnizar a los propietarios de buena fe de los pisos de vivienda por la pérdida de los mismos, además de las debidas por los trastornos que ocasionarían el desalojo y realojo.

         No es compatible que un mandatario presuma de poner en valor el casco histórico al tiempo que defiende judicialmente un atentado del calibre del Beira do Miño. La razón de esta contradicción radica, básicamente, en que no siente como corresponde estos valores, y en que antepone su provecho personal y del partido que le acoge a cualquier otro bien,  ya que, en este caso, considera que la merma de recursos económicos disponibles debida a las indemnizaciones, desluciría su mandato y lo  pondría en situación de riesgo electoral.

         Es descorazonador, al tiempo que revelador, que  ningún corporativo se haya interesado lo más mínimo por este trascendental asunto. Ni palabra al respecto, porque entienden también que, en cuanto representantes del orden material de valores de las gentes del común, no reporta réditos electorales. 

         Al final, resulta que Patrimonio nada ha protegido, que todos los implicados, funcionarios y políticos han sido absueltos; y que el bloque de viviendas Beira do Miño, acabó incorporado en la legalidad. Solo hubo un perdedor: Tuy.

         En abril de 1999, Faro de Vigo me publicó una Carta al Director, titulada, Tuy, Patrimonio de la Barbaridad; en aquel momento se pretendía que lo fuese de la Humanidad. Creo no haberme equivocado.

 

                                           José Antonio Quiroga Quiroga

 

Posdata: Al objeto de ofrecer verificación de la literalidad de los considerandos comentados de la sentencia judicial relativos a la revisión de oficio de la licencia, adjunto los párrafos más específicos de la misma.

 

“En este supuesto, ni el demandante, ni ningún otro “actor público”, Administración, o perjudicado, impugnaron la licencia de obras en los plazos muy amplios legalmente establecidos para el recurso directo. Y respecto de la “revisión de oficio” dejaron transcurrir más de quince años para instarla. A mayores, no consta que se hubiese anotado en el Registro de la Propiedad información alguna sobre la problemática urbanística del edificio, ni que se hubiese solicitado siquiera esa anotación. Tampoco consta que antes de la incoación de la revisión de oficio en el año 2019 se le hubiese notificado la resolución de 2006 de la Consellería de Cultura a los titulares de las viviendas y locales del inmueble afectados por ella”.

 

“El recurrente, vecino de Tui, no esgrime en su Demanda un derecho o interés personal legítimo en su pretensión, más allá de la abstracta defensa de la legalidad en el ejercicio de la acción pública urbanística y de patrimonio histórico. En ese contexto no se comprende la verdadera razón por la que, tratándose de un hecho público y notorio, de gran repercusión mediática desde el año 2000, en que se concedió la licencia y se iniciaron las obras, aguardó 17 años para presentar su primera solicitud de restauración de la legalidad urbanística (y ni siquiera lo hizo en el Ayuntamiento, sino en la Xunta de Galicia -que no está aquí demandada-). Esa demora tan exagerada en la acción pública podría poner en cuestión el requisito de la “buena fe” con el que necesariamente se debe ejercitar la revisión de oficio frente a actos firmes y consentidos, trocándose en un “abuso de derecho” (artículo 7.2 del Código Civil y artículo 11.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial)”.

martes, 13 de septiembre de 2022

El enredo del parking al descubierto

          No hay claridad ni firmeza en las manifestaciones del alcalde de Tuy, Enrique Cabaleiro, en lo referente a la construcción del aparcamiento en el subsuelo del centro de la ciudad. La inquietud mostrada por la portavoz del  BNG, en el pleno extraordinario del 02/09/2022, acerca del esperado comienzo de las obras,  fue contestada por el regidor con el mismo argumento que tiempo atrás: que se estaba redactando el proyecto de ejecución;  pero, a mayor excusa,  dio a entender algo nuevo y revelador: que la empresa adjudicataria está realizando un estudio sobre un modificado que puede comprender o no una segunda planta de sótano. Estas son las palabras textuales, bastante confusas,  del regidor: “ … a partir de la adjudicación (de la 1ª planta, ya ejecutada) hasta el proceso del ámbito de licitación (se sobrentiende, necesariamente, de la segunda planta) veremos si, en función de las circunstancias financieras y de determinadas ayudas, habrá un modificado a ese  proyecto inicial, y si incluirá una segunda planta o no”.

                                Tuy, aparcamiento municipal en superficie

          Creo que el alcalde, tal y como le contestó la portavoz del BNG, está mareando la perdiz, es decir, enredando, pues cuanto dice no tiene fácil comprensión ni  encaje legal posible, ni compatibilidad de calendario de los trabajos de una y otra planta, salvo que las obras previstas se suspendan hasta que surjan ayudas financieras para poder encargar otro proyecto, ni tampoco sentido empresarial que la compañía adjudicataria  realice gratis el estudio y soporte la consecuente espera.

          Se desprende que está enredando con base a los puntos que siguen:

          1.- Una segunda planta a mayores de la proyectada y adjudicada, no puede,  bajo ningún concepto profesional ni administrativo, considerarse  modificación, ni siquiera ampliación, sino adición. Las adiciones de planta requieren la redacción de proyecto específico; y como tal exige licitación propia y distinta de la promovida.

          2.- El presupuesto de una segunda planta, equivalente al aprobado de la primera (el alcalde decía, cuando se declaraba en contra, que el coste supondría el triple) no puede vincularse a una modificación del proyecto inicial, pues el  incremento del 100 %  del presupuesto inicial que acarrearía la  supuesta modificación, que no es tal, no lo admite la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, como recoge el Artículo 204 de la misma. Modificaciones previstas en el pliego de cláusulas administrativas particulares. 1.- Los contratos de las Administraciones Públicas podrán modificarse durante su vigencia hasta un máximo del veinte por ciento del precio inicial cuando en los pliegos de cláusulas administrativas particulares se hubiere advertido expresamente de esta posibilidad, en la forma y con el contenido siguientes: … etcétera.

          3.- La inclusión de  una planta de sótano segundo conduce administrativamente a dos alternativas: a).- Abordar la licitación de un nuevo proyecto para dicha planta, de manera independiente del licitado y adjudicado actualmente (planta primera),  asumiendo la indeseada eventualidad de que la empresa ganadora sea distinta de la actual adjudicataria de la primera planta, lo cual produciría un conflicto muy serio de competencias, coordinación de trabajos, tiempos de ejecución, etcétera, entre las dos empresas, además de la implementación contractual de diferentes condiciones particulares de explotación.  b).- Promover un nuevo concurso de parking de dos plantas, previa anulación de la adjudicación formalizada contractualmente, comportaría al Ayuntamiento la obligación de indemnizar  por daños y perjuicios a la empresa adjudicataria.

          4.- No tiene, pues, sentido que el alcalde diga que la empresa adjudicataria de la primera planta de garaje está realizando un estudio acerca de la viabilidad y construcción de una segunda planta, porque ninguna empresa aceptaría, gratuitamente,  poner en riesgo el contrato de explotación alcanzado en el caso de que se redactase un proyecto unificado de dos plantas de garaje,  ya que  no tiene garantía alguna de que vaya a ser la ganadora de esta nueva licitación, obligada por ley.

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          Adquiere, pues, consistencia la sospecha de la oposición, de que el alcalde está demorando el comienzo de las obras, que se presumen un error fatal, con grave peaje en votos, hasta pasadas las elecciones municipales, para tratar de paliar el indiscutido retroceso  electoral que le ocasionará la concesión por 40 años de una planta de aparcamiento, si no a él, ya que continua anunciando que no se presentará a la reelección, sí a su partido.

         En cuanto a la oposición, sorprende el silencio mantenido y tanta candidez e ingenuidad mostradas ante estas manifestaciones incongruentes del alcalde. Bien ya por falta de reflejos, de conocimientos específicos o escaso compromiso con el problema a resolver. Mayor sorpresa causa la pasividad del portavoz del PP, licenciado en derecho y funcionario de carrera del grado A,  impropia de quien estuvo varios años en el Ayuntamiento al frente del departamento de Contratación. Tales comportamientos quizás responden a que los portavoces de la oposición se deben más a los intereses políticos personales y partidarios que a los de la ciudad que representan y dicen defender; pues parece que aguardan, confiados y sin mayor esfuerzo, que la breva del deterioro político del mandatario municipal madure, y que su caída los aúpe al poder. Tampoco se pronuncia lo más mínimo ACITUI, pese a que  los comerciantes se juegan buena parte de su futuro en que se resuelva o no el problema de falta de aparcamiento en el casco urbano, pues diríase que está sometida y doblegada a las ayudas del Ayuntamiento.

          La talla de los representantes políticos se mide en las ocasiones en que se dirimen  asuntos que  determinan  la prosperidad o el estancamiento de las poblaciones en que viven, pero si las fuerzas corporativas opositoras y las asociativas, en cuanto que representativas,  no se ocupan como corresponde de lo que les compete y están obligados, poco o nada cabe esperar.

 

                           José Antonio Quiroga Quiroga

 

domingo, 11 de septiembre de 2022

La logística y la lógica del concejal Palacín

          Como expresidente de la extinta Fundación Teatro Principal, y como tudense, estoy agradecido al gobierno presidido por el exalcalde Carlos Padín por haber comprado el inmueble del Teatro Principal, paso previo determinante cara a su rehabilitación. Contrariamente, nada puedo agradecer, aunque sí reprochar, al actual portavoz de C21, por la valoración residual que hizo del Teatro Principal en el pleno extraordinario de 02/09/2022, obviando la importancia y significación patrimonial, arquitectónica, cultural y social en el contexto de un casco histórico exclusivamente residencial, de ahí que se mostrase contrario a que ocupase  "tan alto" orden de prioridad, el sexto, en la lista de la Agenda Urbana de edificios públicos a recuperar. “Nosotros no consideramos que sea tan prioritario el Teatro Principal, sobre todo cuando tenemos un teatro” (el auditorio del Área Panorámica, cuyo titular es la Consellería de Facenda de la Xunta).

                                   José Manuel Palacín, portavoz de C 21

            Es impensable, salvo para el señor Palacín, que la rehabilitación del inmueble, presupuestada, estimativamente, en tres millones de euros,  vaya a acometerla el Ayuntamiento con recursos propios, como tampoco ninguno de los cinco edificios que le preceden, sino mediante financiación externa proveniente de organismos oficiales como, por ejemplo, entre otros posibles, el 1,5 % Cultural; de lo contrario, cabría presuponer larguísima espera de años, a mayores de los transcurridos en estado de ruina. No debería preocuparle al señor Palacín el orden de prioridad de “privilegio” asignado al Teatro Principal, pues debería saber que dichas financiaciones específicas se conceden con independencia del orden de utilidad y/o preferencias municipales.   

          La importancia que el señor Palacín le concede al Teatro Principal quedó de manifiesto en la expresión, entrecortada y oscura, siguiente: “esta importancia del Teatro Principal, bueno, eee…eso…enfin”. Por si no fuese bastante razón de peso  el poco valor reconocido, añadió, su punto de vista como experto en logística de espectáculos de masas al aire libre, de conciertos musicales, y pronóstico acerca del futuro que le aguarda como teatro en exclusiva “Allá abajo, como teatro, no tiene…mmmm…demasiada…eeee…eeee, solución de continuidad, porque logísticamente puede ser un auténtico fiasco”; retomando como suyo el rancio y manido mantra de la imposibilidad de acceso de camiones al lugar del inmueble, como si se tratase de un muelle de descarga al que no pueden acercarse los grandes medios de transporte. Cierto que, por fortuna, el camión de la orquesta Panorama no podrá llegar a la Plaza de Frómista, en que se encuentra el Teatro Principal.

          Sorprende, por paradójica y contradictoria, esta oposición a la pronta recuperación del inmueble, ya en sí dificultosa, de quien, para mostrarse culto adorna, irremediablemente, sus intervenciones plenarias con citas, que no aportan más que, aparte de dudoso lucimiento personal, dispersión y extravío.  También choca, no solo la ya comentada disconformidad con el inoperante orden de prioridad del Teatro Principal, sino la rígida sujeción al uso exclusivo del inmueble como teatro, hasta que otro compañero de oposición le reveló el Mediterráneo de la versatilidad de usos, como, p.e. el de cinematógrafo.

          Se conduele el señor Palacín que Tuy se encamine hacia el modelo de ciudad dormitorio, poniendo de relieve una realidad:  “la deuda importante con la actividad del propio casco histórico nos va a deparar un casco muerto”. Sin embargo, defiende, contradictoriamente, que se relegue la rehabilitación del Teatro Principal, y, con ello, la creación de un foco de atracción y vida en el seno del mismo. Su preocupación  por la imagen y estética urbana,  “Hay  que ser estético con la ciudad”,  no se compadece  con la pretendida postergación de la rehabilitación del Teatro Principal, pues  no parece preocuparle la imagen decadente que su ruina  ofrece permanentemente  en la fachada Este y Sur del casco histórico.

          Señor Palacín, lo determinante, en principio,  no es el uso como teatro del inmueble, que usted, de manera antojadiza e interesada, contempla como exclusivo y único posible  para así poder montar un argumentario, no digo erróneo, sino perverso,  sino su recuperación arquitectónica.

          Me decepciona que un representante público anteponga el cultivo del rol de oposición sistemática al gobierno  a costa de posponer la recuperación del patrimonio arquitectónico y cultural de nuestra milenaria ciudad.

 

                                José Antonio Quiroga Quiroga

martes, 19 de julio de 2022

De presumir de ahorrar a liquidar el remanente de tesorería

         El sorprendente aumento del remanente de tesorería, que alcanzó la cantidad de doce millones de euros, fue el indicador de gestión municipal (?) del que se ufanó repetidamente el alcalde de Tuy, Enrique Cabaleiro, durante los dos años y medio que presidió el gobierno “cuatripartito”, y mitad del actual mandato.  Trató de hacernos creer a los contribuyentes que el Ayuntamiento era, pues,  una especie de Caja de Ahorros Municipal.  Idea que la actual concejala de hacienda, Yolanda Rodríguez, defendió en un pleno, tras la moción de censura, diciendo, desde su asiento de la oposición, que el extraordinario ahorro acumulado mientras gobernaron se debía “a que nosotros sabemos manejar los dineros”.

        Los verdaderos agentes, nunca reconocidos, del excepcional incremento  de los caudales de la “hucha” municipal fueron, fundamentalmente, la Ley de Estabilidad Presupuestaria y la Regla de Gasto, aprobadas con el fin de sanear la general y preocupante deuda de las Administraciones públicas, impidiendo, por tanto, la utilización de determinados ingresos en la elaboración de los presupuestos de cada ejercicio. Estos ingresos vedados pasaban automáticamente a engordar el remanente de tesorería, teóricamente intocable, pero que, en realidad,  podía echarse mano de él justificando la necesidad y garantizando la rentabilidad social de la inversión.

         Sin embargo, a raíz de la suspensión  transitoria de dicha ley y regla,  al objeto de reactivar la economía, retraída a causa de la pandemia, el gobierno tudense viró en redondo de política, desertó de la ingeniería de atesoramiento monetario y se abalanzó con desenfreno hacia la relajación en el gasto. Decidido, pues, a “quemar el remanente”, expresión que, en un pleno, el portavoz de Ciudadanos imputó al alcalde,  porque de esta elocuente manera había trasladado el regidor su propósito a un amigo y confidente del referido portavoz; así como el motivo de tal determinación: “porque no iba a presentarse a las próximas elecciones”. Cuan impropia e inquietante resulta la palabra quemar, cargada de evocaciones de barbarie y  arrasamiento, en boca  del capitán de la nave tudense al referirse a las reservas de caudales públicos.

        Nada cabría, pues, que alegar a que el capital recaudado  retorne a la ciudadanía en forma de bienes y servicios, sino felicitarnos por ello, más allá  de la  evidencia de lo artificioso y falaz que ha sido la persistencia en  atribuirse el  absurdo “mérito” de  haber  llenado las arcas sin otro destino y paradero que el depósito bancario, y  único beneficiario la entidad financiera agraciada, si estos recursos  no fuesen empleados con incomprensible generosidad presupuestaria, y en determinados proyectos de dudosa necesidad y utilidad social.

      En el contexto de aprobación plenaria de proyectos y cantidades presupuestadas, señalaba una portavoz de la oposición la circunstancia de que la mayoría de las inversiones propuestas recaían en el casco urbano, en contraste y agravio de las muy pocas en el rural. De ahí que, al fin de procurar la equidad distributiva municipal de los recursos, es fundamental conocer las cantidades contributivas que el Ayuntamiento recauda en ambos medios: ciudad y parroquias.

      Al respecto de la impetuosa cascada dineraria extrapresupuestaria, otro portavoz de la oposición proponía, además de sensatez y pausada reflexión en el tipo de proyectos a llevar adelante, prudente contención en el gasto en atención a disponer de razonable reserva de recursos para poder afrontar potenciales emergencias de cierta envergadura; y ponía como ejemplo el desastre de Paramos y la pandemia. Pues bien, en el horizonte, y ya no muy lejano, está otra probable, y no menor: la reposición de la legalidad urbanística tras la concesión ilegal de licencia de construcción  del bloque de viviendas Beira do Miño. La licencia ilegal ha sido declarada judicialmente nula, lo cual implica la revisión de la misma de acuerdo a la normativa del PEPCHA en vigor, que califica como fuera de ordenación la mayor parte del volumen edificado. Sin embargo, este gobierno, que presume de boquilla de poner en valor el casco histórico, defiende la permanencia de este atentado a la genuina integridad del casco histórico de Tuy,  resistiéndose a revisarla, pese a que el Tribunal Superior de Justicia de Galicia contempla la revisión de la licencia ilegal dentro del proceso de cumplimiento de la resolución firme de la Consellería de Cultura.  La obligatoriedad o no de revisión está pendiente de resolución en el Juzgado Contencioso Administrativo nº 1 de Pontevedra.

      En sus primeros meses de mandato, el alcalde Enrique Cabaleiro, hizo referencia a la espada de Damocles que pende sobre el inmueble Beira do Miño, alertando de que si alguien exigiese el cumplimiento de la resolución firme de la Consellería de Cultura relativa a dicho bloque de viviendas, sería dramático para el Ayuntamiento de Tuy. Por la actitud y comportamiento que pregona y exhibe, parece no reconocerse en lo que en su día anunció.

 

                                       José Antonio Quiroga Quiroga